Hastalık sebebiyle oruç tutmamak

Fetvalar Materyal hakkında bilgi
Adres: Hastalık sebebiyle oruç tutmamak
Dil: İspanyolca
Fetva: İlmi Araştırmalar, Fetva, Davet ve İrşad Daimi Komitesi
Çeviren: Muhammed İsa Garcia
Yayınlayan: Rabva İslâmî Dâvet Bürosu - Riyad/S. Arabistan
Kısa Tanım: Soru: Bir kadın, (ateşin yükselmesi ve sinirlerin bozulması gibi) psikolojik bir hastalığa yakalandı.Bunun ardından yaklaşık dört yıl boyunca oruç tutmayı bıraktı.Böyle bir durumda kadının orucunu kaza etmesi gerekir mi? Bu kadının hükmü nedir?
Eklenme tarihi: 2008-07-07
Kısa link: http://IslamHouse.com/160203
Bu başlık, aşağıdaki konulara göre sınıflandırılmıştır:
Bu kart aşağıdaki dillere çevrilmiştir: İspanyolca - Arapça - Bengalce - Taylandça - Malayalam - Özbekçe - İngilizce - Boşnakça
Materyalin İlişikleri ( 2 )
1.
No ayunar a causa de una enfermedad
119.2 KB
: No ayunar a causa de una enfermedad.pdf
2.
No ayunar a causa de una enfermedad
2.1 MB
: No ayunar a causa de una enfermedad.doc
Ayrıntılı bilgi

No ayunar a causa de una enfermedad

Pregunta: Una mujer que padece una enfermedad mental, tiene fiebre alta, y problemas nerviosos, entre otros, por lo cual no ha ayunado en los últimos cuatro años, aproximadamente. ¿Se pueden compensar de alguna manera los ayunos en esos casos? ¿Cuál es la reglamentación en este caso?

Respuesta:

Si no ayunó porque no pudo hacerlo, entonces tiene que compensar los ayunos que no realizó en estos cuatro años, cuando pueda hacerlo. Allah dice en el Corán:

quien estuviere enfermo o de viaje [y no ayunase] deberá reponer posteriormente los días no ayunados y así completar el mes. Allah desea facilitaros las cosas y no dificultárosla; engrandeced a Allah por haberos guiado y así seréis agradecidos.” [2:185]

Si los médicos afirman que no hay esperanzas de que se cure de su enfermedad o de que se elimine su incapacidad de ayunar, entonces puede dar de comer a un pobre por cada día que no ayune, dándole medio saa’ (medio palmo) de trigo, dátiles, arroz, o cualquier otro alimento que su familia coma en su casa. Es similar al caso de los ancianos o inválidos que se cansarían demasiado si tuvieran que ayunar o directamente les cuesta mucho hacerlo. En este caso, no deben recuperar los ayunos que no realizan, sino solo compensarlo dando de comer a un pobre por día.

Veredictos legales emitidos por el Consejo permanente de sabios (Fataawa al-Laynah al-Daa’imah)

Go to the Top